Resistencia y Memoria LGBTIQ+

Resistencia y Memoria LGBTIQ+

Christian Alexander Paula Aguirre

El mes del Orgullo LGBTIQ+ se conmemora por las protestas que se dieron en Stonewall (Nueva York – EE. UU.) el 28 de junio de 1969 producto de la violencia y la criminalización de la homosexualidad. Es un paralelismo que en la actualidad en nuestro país coincida esta fecha con el contexto de resistencia impulsado por los movimientos sociales, especialmente de los sectores de los pueblos indígenas, en contra de la opresión y la reducción de la calidad de los servicios públicos. Esto debe traernos una reflexión sobre la calidad de lo cíclico de la historia, la función de la memoria que trae consigo el rescate de los resultados de las luchas por la reivindicación de derechos, ya que el ejercicio de la sexualidad y la identidad de género no normativas existieron en nuestros pueblos originarios desde antes de la colonia española.

            Los derechos humanos no han sido conseguidos por el beneplácito de los gobernantes, al contrario, los mismos son el producto de la indignación de los pueblos frente a los poderes hegemónicos que siempre han tratado de controlarnos. El Orgullo LGBTIQ+ frente a esta realidad no debe cegarse frente a las restricciones de derechos y a la represión que vive nuestra sociedad, motivo por el cual esta conmemoración no puede pintar de “arcoíris” bajo un paraguas de fiesta cuando nuestros derechos, particularmente los Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA); están siendo restringidos de manera sistemática por parte del Estado y cuando esto sucede los grupos históricamente discriminados son los que más afectados.

            La población LGBTIQ+ ha sido y es víctima de los prejuicios sociales lo que provoca que el goce de nuestros derechos siempre estén afectados por la discriminación permanente en nuestra sociedad. Es por lo que, las personas Trans e Intersex son las más afectadas de estas políticas reduccionistas y privatizadoras de los servicios sociales, que finalmente son derechos que están constantemente en disputa. Las personas LGBTIQ+ somos otro grupo invisibilizado por parte de las políticas públicas ecuatorianas, las cuales no consideran nuestras necesidades específicas a través de medidas de acción afirmativa reales. La igualdad material, viene a ser un pilar del ejercicio de derechos, pero en nuestro país no podemos hablar aún de esto cuando la igualdad formal sigue siendo una promesa incumplida por el Estado.

            La inconformidad frente al desamparo del Estado que vive la población LGBTIQ+ se demuestra en la inexistencia de la actualización del estudio sobre violencia y discriminación que realizó el INEC en 2013. Por otro lado, la indiferencia de la Asamblea Nacional en el no cumplimiento de las sentencias de la Corte Constitucional donde se le ha obligado a reformar leyes respecto a los derechos de las diversidades sexuales y de género.

·         Sentencia No.133-17-SEP-CC

·         Sentencia No.184-18-SEP-CC

·         Sentencia 001-17-SIO-CC

·         Sentencias No.11-18-CN/19 y No. 10-18-CN/19

Este incumplimiento ha traído como consecuencia que las personas Trans e Intersex no logren consolidar una normativa que garantice su identidad de género autopercibida en adultxs y en la niñez. Las parejas del mismo sexo cuando tienen hijxs todavía tiene problemas en registrarlos con sus dos apellidos y los delitos de odio siguen sin ser procesados como tales por la Fiscalía. Todo esto dando oportunidad al Registro Civil para que mantenga sus discursos y acciones discriminadoras bajo la tolerancia de la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Derechos Humanos y el Consejo Nacional de Igualdad de Género. Además, la Corte Constitucional del Ecuador sigue en deuda ya que no ha resulto hasta la fecha los casos sobre niñez Trans y los casos respecto a hijxs de parejas del mismo sexo que han sido elevados, debido a la discrecionalidad de la aplicación de los estándares de derechos humanos por parte de los agentes estatales.

En lo que respecta al poder ejecutivo, si bien en el 2021 se creó la subsecretaría de diversidades dentro de la Secretaría de Derechos Humanos, esta instancia se ha convertido en un ente decorativo que no ha logrado concretar la política pública ni el cumplimiento de las obligaciones internacionales de los organismos de tratado de NNUU al Ecuador respecto a los derechos de la población LGBTIQ+.

Comité contra la Tortura: Informe al Ecuador de 11 de enero de 2017. Violencia contra las personas por motivos de orientación sexual e identidad de género

49. El Comité está preocupado por las denuncias de internamiento forzoso y malos tratos a personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero en centros privados en los que se practican las llamadas “terapias de reorientación sexual o deshomosexualización” Pese al cierre de 24 centros de este tipo, el Comité observa con preocupación que hasta la fecha los procesos iniciados por la Fiscalía no han concluido en ninguna condena. Asimismo, el Comité condena enérgicamente los asesinatos de personas gais y transgénero ocurridos en el país durante el período examinado (arts. 2 y 16).

50. El Estado parte debe velar por que se investiguen todas los casos de violencia contra las personas por motivos de orientación sexual e identidad de género, a fin de enjuiciar y castigar a los autores de tales actos. También debe realizar actividades de concienciación pública para combatir la estigmatización social de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero.

Comité de Derechos Humanos: Informe al Ecuador de 11 de agosto de 2016 Discriminación y violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género

11. El Comité nota con satisfacción las medidas adoptadas por el Estado parte en relación con los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y encomia la inclusión de la prohibición de la discriminación, entre otras, por razones de identidad de género y orientación sexual en la Constitución. Sin embargo, le preocupan las alegaciones relativas a algunos actos de discriminación y violencia, incluyendo asesinatos, que habrían sufrido estas personas debido a su orientación sexual o identidad de género durante el período en estudio. Asimismo, el Comité toma nota de las acciones desplegadas por del Estado parte para rescatar a muchas personas que habían sido sometidas a “tratamientos para curar la identidad sexual o la identidad de género” en centros de rehabilitación de adicciones y para clausurar algunos de esos centros. Sin embargo, recordando sus anteriores observaciones finales (CCPR/C/ECU/CO/5, párr. 12), le preocupan las alegaciones de que continuaron reportándose casos de ese tipo de “tratamientos” durante el período en estudio y, notando la información del Estado parte de que se han judicializado cuatro casos, lamenta no haber recibido información detallada acerca de las acciones de carácter penal desplegadas contra los responsables de esos “tratamientos” y sus resultados (arts. 2, 6, 7 y 26).

12. El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para combatir los estereotipos y prejuicios contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y para garantizar que: se prevengan los actos de discriminación; se investigue, procese y sancione con penas apropiadas a quienes sean responsables de los actos de violencia en su contra de manera eficaz; y se otorgue reparación integral a las víctimas. Asimismo, debe redoblar sus esfuerzos para erradicar de manera efectiva la práctica de internamiento de dichas personas para someterlas a “tratamientos para curar la identidad sexual o la identidad de género”; adoptar las medidas necesarias para investigar, procesar y sancionar con penas apropiadas a los responsables de dichos “tratamientos”; y otorgar reparación integral a las víctimas, incluyendo rehabilitación e indemnización.

Comité de los Derechos del Niño: Informe al Ecuador de 26 de octubre de 2017 16.

c) Apruebe una estrategia, disposiciones jurídicas concretas y directrices claras para las autoridades públicas, encaminadas a defender la no discriminación contra los niños por cualquier motivo y a combatir la estigmatización de los niños de familias monoparentales, los hijos de personas privadas de su libertad, los de familias compuestas por parejas del mismo sexo y los niños LGBTI;

Examen Periódico Universal: Informe al Ecuador de 10 de julio de 2017 118. Las recomendaciones que figuran a continuación cuentan con el apoyo del Ecuador, que considera que ya se han aplicado o están en proceso de aplicación:

18.17 Impulsar las iniciativas para poner fin a la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género y condición intersexual (Australia);

118.18 Seguir intensificando esfuerzos para poner fin a la discriminación contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (Uruguay);

118.19 Garantizar la protección de todas las personas contra las normas y prácticas discriminatorias por motivos de orientación sexual e identidad de género en todas las esferas de la vida (España);

118.20 Seguir promoviendo los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y protegerlas de la violencia y la discriminación social y cultural (Chile);

118.21 Adoptar todas las medidas apropiadas para prevenir, investigar y sancionar las manifestaciones de violencia, intolerancia y discriminación contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (Israel); investigar, enjuiciar y castigar a los autores de actos de violencia contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales como parte de sus esfuerzos para combatir los estereotipos y los prejuicios contra ellas (Argentina);

118.22 Redoblar esfuerzos con miras a aumentar la sensibilización pública para poner fin a todas las formas de discriminación impartiendo educación y formación en derechos humanos a los organismos gubernamentales, los medios de comunicación y el público en general, y realizando campañas para combatir los estereotipos de género y la violencia (Tailandia);

118.23 Luchar contra la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, sobre todo contra los niños, mediante la puesta en práctica de programas de sensibilización de la población y la formación de docentes sobre este tema (Francia);

Adicionalmente, la ratificación de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia (A-69) que fue ratificada por la Asamblea Nacional en julio de 2021, desde la presidencia no se ha remitido este acto a ser depositado ante la OEA para que este tratado internacional pueda surtir efectos en Ecuador.[1]

            Toda esta indignación se profundiza con el “pinkwashing” que el actual gobierno realizó en su campaña electoral de segunda vuelta a través de los derechos de la población LGBTIQ+, ya que este le sirvió para captar votos provenientes del cambio generacional en los sentidos de gran parte de la sociedad ecuatoriana frente a nuestros derechos. Sin embargo, esta utilización sin la materialización de acciones reales de respeto y garantía de los derechos de la población LGBTIQ+ demuestra que no existe la intención ni la voluntad política de realmente cumplir con lo ofertado.

Ahora bien, el Plan Nacional de Desarrollo vigente[2] en el Objetivo 1 (política 1.1)[3] y el Objetivo 5 (política 5.2)[4] aborda la protección de derechos a favor de la población LGBTIQ+, sin embargo, la institucionalidad estatal no ha podido organizarse y planificar sus competencias para cumplir estas medidas. Además, instituciones como la Defensoría del Pueblo no responden a las demandas de nuestra población, ya que se encuentra inmovilizada y desarticulada a causa de las malas decisiones políticas del Consejo de Participación Ciudadana, que no ha logrado nombrar a una persona que cuente con las competencias y credenciales que debe tener la máxima autoridad de la institución nacional de derechos humanos.

En virtud de lo mencionado, la lucha por los derechos de la población LGBTIQ+ se intersecciona con los de toda la población, ya que a nosotrxs también nos preocupa que no tengamos las condiciones materiales mínimas para ejercer nuestros derechos en dignidad, en particular sobre el acceso a los DESCA. Nos sigue frustrando las barreras políticas y sociales que nos impiden cumplir nuestros proyectos de vida debido a la incapacidad de todo el Estado en asumir sus obligaciones frente a nuestros derechos. Nos sigue doliendo la violencia estructural que se vivió y se vive en Ecuador por la existencia del delito de sodomía y homosexualidad, que recién se despenalizó hace 25 años. Este dolor se mantiene debido a que los juicios por lesa humanidad interpuestos por las sobrevivientes de la represión estatal siguen impunes, además que a estas víctimas no se les ha reparado sus derechos.

Por lo tanto, considero que la mayor forma de conmemorar el Orgullo LGBTI+ en este contexto de resistencia social, es sumarnos a la indignación colectiva frente a un Estado que a través de todos sus poderes nos han defraudado al igual que todos los partidos políticos que no han tenido la responsabilidad de respetarnos. No es el momento de celebrar, realmente es el momento de hacer ejercicios críticos de memoria y de pedir cuentas a todos los gobiernos, personas e instituciones estatales que nos han defraudado y que han utilizado el discurso de derechos humanos de manera utilitaria para menoscabarlos.

Referencias:

[1]https://www.oas.org/es/sla/ddi/tratados_multilaterales_interamericanos_A-69_discriminacion_intolerancia_firmas.asp

[2] Plan de Creación de Oportunidades 2021-2025.

[3] Objetivo 1: Incrementar y fomentar, de manera inclusiva, las oportunidades de empleo y las condiciones laborales : 1.1. Crear nuevas oportunidades laborales en condiciones dignas, promover la inclusión laboral, el perfeccionamiento de modalidades contractuales, con énfasis en la reducción de brechas de igualdad y atención a grupos prioritarios, jóvenes, mujeres y personas LGBTI+.

[4] Objetivo 5. Proteger a las familias, garantizar sus derechos y servicios, erradicar la pobreza y promover la inclusión social : 5.2  Combatir toda forma de discriminación y promover una vida libre de violencia, en especial la ejercida contra mujeres, niñez, adolescencia, adultos mayores, personas con discapacidad, personas LGBTI+ y todos aquellos en situación de vulnerabilidad.

+ posts

Nacido el 16 de junio de 1986 en Quito. Graduado como Abogado en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, especialista superior en Derecho Constitucional por la Universidad Andina Simón Bolívar y Máster en Derechos Humanos y Democratización por la Universidad Nacional General San Martín de Argentina. Docente de la Universidad Central del Ecuador y Presidente de la Fundación Pakta.

Comparte:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.