-Hernán Rivadeneira Játiva
Se han presentado ya las candidaturas para los jueces de la Corte Constitucional, entre los cuales se escogerán a nueve miembros principales, proceso que culminará posiblemente en el mes de enero de 2019.
Es notoria la presencia de postulantes destacados y con experiencia; no obstante, existen muchos que no han descollado en el ámbito nacional. Por su parte, quienes fueron reemplazados, tuvieron una presencia cuestionada y fue entonces importante la resolución adoptada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social – Transitorio, de cesarlos. Actualmente, no solo se espera un concurso limpio; sino también, un esfuerzo por ubicar como jueces constitucionales a personas meritorias, de buen criterio jurídico y con suficiente experiencia. Lo cual es posible, pero difícil.
Lo importante es traducir el anhelo popular de cambio institucional, mediante un esfuerzo mancomunado que supere los vicios de una mala administración de justicia, carente de independencia, con trámites rezagados y fallos contradictorios e insuficientes.
Las incondicionalidades políticas de los anteriores miembros de la Corte, fueron las barreras que provocaron una crítica generalizada a sus acciones; incluso con serios indicios de corruptelas y servicios cumplidos al poder de turno, bajo el peregrino criterio de que no pueden ser demandados los altos funcionarios públicos, así hayan violado las normas fundamentales.
Los ciudadanos estaremos vigilando el concurso y sabremos apreciar los aciertos en la nueva conformación del máximo órgano de justicia y de control constitucional del país. Asimismo, los jueces recibirán observaciones por sus actuaciones contrarias a: la mejor ponderación, la correcta argumentación, la proporcionalidad en la interpretación, la seguridad jurídica y al debido proceso.
Si bien el eje conductor del constitucionalismo moderno son los derechos humanos y la democracia; existen, desde la óptica del liberalismo, aspectos esenciales en la comprensión del mundo: justicia social, participación ciudadana e interculturalidad. Estos elementos generan un giro fundamental de las concepciones tradicionales y abrirán el cauce de nuevas transformaciones estructurales de la sociedad que, naturalmente, involucren a aspectos institucionales, jurídicos y políticos. En este sentido, tomando en consideración los contenidos populares, debemos superar la concepción de un constitucionalismo democrático clásico, lo cual nos ayudará a comprender una dinámica que abarque la diversidad en todas sus dimensiones; así como también, un humanismo preocupado por el conjunto de la naturaleza y las inconmensurables posibilidades de subsistencia, en un mundo equitativo, comunitario, proteccionista del entorno y respetuoso de la vida en todas sus manifestaciones. Comprender estas y otras realidades en la administración de la justicia, considerando valores y principios fundamentales, en donde el control constitucional debe abarcar el conjunto de factores que han sido delineados en este brevísimo ensayo; nos permitirán renovar la institucionalidad para este nuevo esfuerzo de búsqueda de una Corte, en donde los derechos y garantías tengan un reconocimiento constitucional, y el Estado esté sometido a los derechos de la gente.