La descentralización, un concepto que aparece de manera reiterativa en la Constitución y otras normas, es definida como la transferencia obligatoria, progresiva y definitiva de competencias, con los respectivos talentos humanos, financieros, materiales y tecnológicos, desde el Gobierno Central hacia los Gobiernos Autónomos Descentralizados. El artículo 1 de la Constitución,
José María Egas
Magister en Antropología del Desarrollo e ingeniero civil. Se ha desempeñado en los ámbitos de la planificación, y políticas públicas, en varios organismos no gubernamentales, así como en gobiernos autónomos descentralizados. A nivel nacional ha ejercido cargos de dirección en la gestión de recursos hídricos y seguridad integral y en el campo de la salud individual y familiar del IESS. Asesor en las funciones Legislativa y Electoral. Actualmente participa en acciones ciudadanas de incidencia para la garantía de derechos individuales y colectivos
Límites para la concreción de los derechos constitucionales
José María Egas Egüez La Constitución del Ecuador, elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, en el período comprendido entre el 30 de noviembre de 2007 y el 24 de julio de 2008, ratificada mediante referéndum, el 28 de septiembre de 2008 por el 69,93 % de la población ecuatoriana, se