{"id":3001,"date":"2019-01-21T23:45:54","date_gmt":"2019-01-21T23:45:54","guid":{"rendered":"https:\/\/opcions.ec\/portal\/?p=3001"},"modified":"2019-01-22T04:14:13","modified_gmt":"2019-01-22T04:14:13","slug":"de-la-accion-publica-a-la-representacion-un-panorama-en-ecuador-sobre-las-elecciones-del-2019-con-enfoque-y-perspectiva-de-genero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/opcions.ec\/portal\/2019\/01\/21\/de-la-accion-publica-a-la-representacion-un-panorama-en-ecuador-sobre-las-elecciones-del-2019-con-enfoque-y-perspectiva-de-genero\/","title":{"rendered":"De la acci\u00f3n p\u00fablica a la representaci\u00f3n: un panorama en Ecuador sobre las elecciones del 2019 con enfoque y perspectiva de g\u00e9nero."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\">Dayana Le\u00f3n Franco<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el a\u00f1o 2015, el diario EXPRESO de Ecuador difund\u00eda lo siguiente: \u201c<em>Una escoba. Ese fue el obsequio que entregaron un grupo de concejales de un municipio de la sierra-centro del pa\u00eds a una concejala en su primer d\u00eda de trabajo. Puede parecer jocoso para algunos, pero seguramente para ella no lo fue. Ese simple gesto es un claro caso de violencia pol\u00edtica hacia la mujer<\/em>\u201d. Igualmente, relataba sobre la denuncia realizada en enero de ese mismo a\u00f1o, por parte de la viceprefecta de El Oro en la Fiscal\u00eda, en contra del prefecto de su provincia \u201c<em>por el supuesto delito de odio y discriminaci\u00f3n (\u2026) asegura que es v\u00edctima de una serie de acciones que coartan su trabajo, por ejemplo, el impedimento a expresarse en las sesiones, la prohibici\u00f3n de acceso a informaci\u00f3n, el bloqueo de propuestas, entre otras. Ella desconoce el motivo de fondo de estos hechos, pero cree que su condici\u00f3n de mujer ha influido<\/em>\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De forma previa, en el a\u00f1o 2013 \u201c<em>p<\/em><em>or primera vez en el pa\u00eds un tribunal sanciona la homofobia. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dict\u00f3 sentencia en contra del ex candidato presidencial por el Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), Nelson Zavala. El organismo determin\u00f3 que el pastor evang\u00e9lico, en su calidad de candidato contravino lo dispuesto en la resoluci\u00f3n dictada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) del pasado 30 de enero. El documento prohib\u00eda a los aspirantes emitir discursos discriminatorios que afecten la integridad personal. El TCE encontr\u00f3 culpable a Zavala por infracci\u00f3n electoral ya que consider\u00f3 que en repetidas ocasiones emiti\u00f3 frases homof\u00f3bicas en distintos medios de comunicaci\u00f3n, a pesar de la resoluci\u00f3n del CNE<\/em>\u201d (El Tel\u00e9grafo, 2013).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estos hechos que no son aislados y cuentan con un subregistro en el pa\u00eds, son desaf\u00edos a los que se enfrentan las mujeres y personas LGBTI en todos los procesos electorales, considerando que puede ser sinuoso el camino desde el que se decide participar y se hace efectiva la candidatura, a trav\u00e9s de los procesos de democracia interna de los partidos y los movimientos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el contexto democr\u00e1tico en Ecuador, Le\u00f3n (2018a) detall\u00f3 que se convoc\u00f3 el 21 de noviembre de 2018 a las Elecciones Seccionales 2019 y a la Elecci\u00f3n de autoridades del Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social (CPCCS).<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>De acuerdo con cifras planteadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), 13\u2019261.994 electores est\u00e1n habilitados para ejercer su derecho al sufragio el pr\u00f3ximo 24 de marzo. <\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se precisa, que ser\u00e1n electas 11.069 dignidades, tomando como referencia a principales y suplentes<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a> como prefectas\/os, viceprefectas\/os, alcaldes y\/o alcaldesas, concejalas y concejales urbanos, concejalas y concejales rurales, vocales de juntas parroquiales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con un r\u00e9cord hist\u00f3rico de presentaci\u00f3n de candidaturas, se inform\u00f3 en diciembre de 2018, tras el cierre del periodo, la existencia de 74.676 candidatos inscritos en el pa\u00eds, entre principales y suplentes, conforme al corte a esa fecha.<a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a> La totalidad fue el resultado de un proceso de democracia interna de las organizaciones pol\u00edticas, que por obligatoriedad deben cumplir con los principios de paridad, alternabilidad y secuencialidad<a href=\"#_ftn3\" name=\"_ftnref3\">[3]<\/a>. Sin embargo, no es suficiente tener una normativa electoral que disponga su cumplimiento, si es que de forma sistem\u00e1tica al interior de los partidos y movimientos pueden existir, continuamente, obst\u00e1culos para que las mujeres sean consideradas como candidatas principales y, sobre todo, que encabecen las listas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese sentido, el presente art\u00edculo profundizar\u00e1 los retos y nudos cr\u00edticos en Ecuador sobre el acceso y representaci\u00f3n pol\u00edtica con enfoque y perspectiva de g\u00e9nero en las pr\u00f3ximas elecciones a desarrollarse en marzo de 2019.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>DEMOCRACIA PARITARIA Y PERSPECTIVA DE G\u00c9NERO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como un punto de partida en el an\u00e1lisis se precisa que en el a\u00f1o 2014, en el caso de un proceso similar al del 2019 por el tipo de dignidades a elegirse, el principal nudo cr\u00edtico para la efectiva democracia paritaria fue \u2013como lo se\u00f1al\u00f3 Le\u00f3n (2018b)- el acceso vs. representaci\u00f3n.\u00a0 Al compararse la totalidad de candidatas electas en ese entonces con el total de mujeres inscritas, la cifra fue mucho menor. Pues, en las Elecciones Seccionales del\u00a0 2014, su participaci\u00f3n se concentr\u00f3 en el 42,1% de las 28.180 candidaturas principales y representaron el 25,7% de las autoridades electas principales (Le\u00f3n, 2018c).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La publicaci\u00f3n del Consejo Nacional Electoral:\u00a0<em>Indicadores de Participaci\u00f3n Pol\u00edtica de la Mujer Ecuatoriana \u2013 Elecciones Seccionales 2014\u00a0<\/em>describe:<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c<em><strong>En Ecuador, en las elecciones seccionales 2014, por cada 3 autoridades electas, una es ocupada por una mujer<\/strong>. <\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>De acuerdo a estos resultados las mujeres alcanzaron 2 Prefecturas, lo que equivale al 9.5%; 16 Alcald\u00edas, equivalente a 7.8%; 294 Concejal\u00edas Urbanas, equivalente a 51.3%; 109 Concejal\u00edas Rurales, equivalente a 33.1% y 1.023 Vocal\u00edas de Juntas Parroquiales, equivalente a 33.5%. Estas cifras son significativas para el an\u00e1lisis de la participaci\u00f3n pol\u00edtica de la mujer<\/em>\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Freidenberg (2017), manifest\u00f3 que: \u201c<em>Los partidos contin\u00faan siendo, en este sentido, los principales \u201ccuellos de botella\u201d en el acceso de las mujeres a las candidaturas (Freidenberg, 2015),<a href=\"#_ftn4\" name=\"_ftnref1\">[4]<\/a> y sus pr\u00e1cticas se mantienen excluyentes y antidemocr\u00e1ticas (\u2026) Esas dirigencias ven normal el hecho de no poner mujeres en las candidaturas o, les parece natural colocar mujeres ligadas a esos l\u00edderes partidistas o intercambiar distritos entre dirigentes para poner a candidatas con v\u00ednculos de parentesco con los dirigentes hombres, bajo la idea de que las pueden controlar (\u2026) En algunos pa\u00edses, cuando los hombres pol\u00edticos no consiguieron que ellas desistieran de participar, comenzaron con desaires peque\u00f1os, que parec\u00edan inocentes y que a nadie les hac\u00eda pensar que eso era acoso o violencia pol\u00edtica. Es m\u00e1s, muchas de las mujeres internalizaron esos comportamientos como normales, y como que supon\u00edan el costo natural de hacer pol\u00edtica<\/em>\u201d (Freidenberg, 2017).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este an\u00e1lisis conlleva a un desaf\u00edo sustancial en el caso de Ecuador, con respecto a la lucha por la erradicaci\u00f3n de la violencia pol\u00edtica, un hecho que es imprescindible considerar en el camino hacia el 24 de marzo pr\u00f3ximo, d\u00eda del sufragio. Esto fue se\u00f1alado por Le\u00f3n (2018a), quien consider\u00f3 que debe estar presente en todas las fases electorales: pre-electoral, electoral y post-electoral; y que, al mismo tiempo, se puedan potenciar las herramientas y los mecanismos para que se sancionen a quienes promuevan y ejerzan acciones orientadas a la deslegitimaci\u00f3n de candidatas, autoridades, lideresas y mujeres.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cabe precisar, como lo indic\u00f3 Gonz\u00e1lez, Le\u00f3n, Paredes, Campa\u00f1a &amp; Jim\u00e9nez (2018), que<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>no existe un registro de casos sobre violencia pol\u00edtica, pues la \u00faltima encuesta que se realiz\u00f3 en el pa\u00eds fue sobre relaciones familiares y violencia de g\u00e9nero contra las mujeres, en el a\u00f1o 2011 (trabajo de campo) y publicaci\u00f3n en el 2012.<\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese entonces ya estaba vigente la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador (2008)<a href=\"#_ftn5\" name=\"_ftnref1\">[5]<\/a>\u00a0y la Ley Org\u00e1nica Electoral y de Organizaciones Pol\u00edticas, C\u00f3digo de la Democracia (2009). Sin embargo, en ninguna normativa exist\u00eda \u2013hasta febrero de 2018-, una definici\u00f3n clara con respecto a la tipificaci\u00f3n de violencia pol\u00edtica. Esto \u00faltimo se logr\u00f3 con la decisi\u00f3n pol\u00edtica de la Asamblea Nacional, a partir de los aportes de los colectivos de mujeres y sociedad civil, con la aprobaci\u00f3n de la\u00a0Ley Org\u00e1nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018).<a href=\"#_ftn6\" name=\"_ftnref2\">[6<\/a><a href=\"https:\/\/opcions.ec\/portal\/wp-admin\/post-new.php#_ftn6\" name=\"_ftnref2\">]<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En esta \u00faltima normativa, publicada en el Registro Oficial de la Rep\u00fablica del Ecuador Nro. 175 el 5 de febrero de 2018, se determina en su art\u00edculo 10, que<strong> la violencia pol\u00edtica es \u201c<em>aquella violencia cometida por una persona o grupo de personas, directa o indirectamente, en contra de las mujeres que sean candidatas, militantes, electas, designadas o que ejerzan cargos p\u00fablicos, defensoras de derechos humanos, feministas, lideresas pol\u00edticas o sociales, o en contra de su familia.<\/em><\/strong><em> Esta violencia se orienta a acortar, suspender, impedir o restringir su accionar o el ejercicio de su cargo, o para inducirla u obligarla a que efect\u00fae en contra de su voluntad una acci\u00f3n, o incurra en una omisi\u00f3n, en el cumplimiento de sus funciones, incluida la falta de acceso a bienes p\u00fablicos u otros recursos para el adecuado cumplimiento de sus funciones<\/em>\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sobre los temas electorales, se tiene un marco jur\u00eddico favorable para las mujeres y personas LGBTI, con principios de igualdad y no discriminaci\u00f3n. Por ejemplo, la Constituci\u00f3n determina que \u201c<em>para las elecciones pluripersonales, la ley establecer\u00e1 un sistema electoral conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres; y determinar\u00e1 las circunscripciones electorales dentro y fuera del pa\u00eds<\/em>.\u201d<a href=\"#_ftn7\" name=\"_ftnref1\">[7]<\/a> Mientras que, la Ley Org\u00e1nica Electoral y de Organizaciones Pol\u00edticas, C\u00f3digo de la Democracia (2009), norma en su art\u00edculo 4 que la \u201c<em>presente Ley desarrolla las normas constitucionales relativas a: 1. El sistema electoral, conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres\u2026\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No obstante, las representaciones reales no corresponden en el escenario democr\u00e1tico con la normativa garantista de derechos en materia electoral:<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Las mujeres siguen teniendo acceso a la participaci\u00f3n, pero su representaci\u00f3n no es la ideal ni la justa.<\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por eso, Gonz\u00e1lez, Le\u00f3n, Paredes, Campa\u00f1a &amp; Jim\u00e9nez (2018), consideraron necesario que se trabaje en el pa\u00eds de manera multidimensional en los procesos de participaci\u00f3n en democracia de las mujeres y personas LGBTI, aportando con herramientas para su empoderamiento y aumento de capacidades t\u00e9cnicas-pol\u00edticas-comunicacionales en procesos electorales; lo cual no debe concluir con el cierre de las Elecciones del 2019, sino proyectar una formaci\u00f3n continua al momento en el que sean autoridades electas. En el caso de las personas LGBTI, se\u00f1alaron que si se quiere trabajar con enfoque y perspectiva de g\u00e9nero en procesos electorales, es absolutamente necesario profundizar en las diversidades \u2013partiendo del reconocimiento y del empoderamiento-, pues los estereotipos de g\u00e9nero persistentes, pretenden mantener a las personas LGBTI excluidas de espacios de visibilidad p\u00fablica. Sobre este tema, los autores tambi\u00e9n precisan que en Ecuador se avanz\u00f3 en el reconocimiento, mediante la Ley Org\u00e1nica de Gesti\u00f3n de la Identidad y Datos Civiles (2016),<a href=\"#_ftn8\" name=\"_ftnref2\">[8]<\/a> con relaci\u00f3n a la autodeterminaci\u00f3n de la persona para sustituir el campo sexo por el de g\u00e9nero que puede ser: masculino o femenino (art\u00edculo 94). \u201c<em>No obstante, creemos que para el reconocimiento de la identidad de g\u00e9nero y orientaci\u00f3n sexual basta con la autodeterminaci\u00f3n de cada ser humano; y a\u00fan existen dicotom\u00edas entre el reconocimiento, acceso y representaci\u00f3n: que son aspectos claves para entender la persistencia de la discriminaci\u00f3n en \u00e1mbitos p\u00fablicos y pol\u00edticos<\/em>\u201d (Gonz\u00e1lez, Le\u00f3n, Paredes, Campa\u00f1a &amp; Jim\u00e9nez: 2018).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>REFLEXIONES FINALES.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tomando en consideraci\u00f3n los aspectos detallados anteriormente, se puede concluir que existen elementos esenciales, para que las Elecciones Seccionales; as\u00ed como la elecci\u00f3n de autoridades al CPCCS en el a\u00f1o 2019, tengan un alto impacto: el primero, radica en que las propuestas de campa\u00f1a lleguen de manera efectiva a la ciudadan\u00eda para que exista una amplia representaci\u00f3n de las mujeres y las personas LGBTI en los diferentes niveles de gobiernos aut\u00f3nomos descentralizados, superando las estad\u00edsticas del 2014 donde se desarrollaron comicios similares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El segundo reto se enfoca en efectivizar pol\u00edticas de prevenci\u00f3n, atenci\u00f3n, registro, seguimiento de casos y sanci\u00f3n a quienes promuevan y\/o comentan actos de discriminaci\u00f3n u odio; as\u00ed como violencia pol\u00edtica contra las mujeres y personas LGBTI, en todo el ciclo electoral.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como tercer aspecto, se sugiere el dise\u00f1o, desde el Instituto de la Democracia,<a href=\"#_ftn9\" name=\"_ftnref1\">[9]<\/a> de acciones claves para la investigaci\u00f3n, promoci\u00f3n y capacitaci\u00f3n a las autoridades electas en el 2019; con el prop\u00f3sito de que ejerzan sus funciones de manera democr\u00e1tica con enfoque de g\u00e9nero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es fundamental que las mujeres contin\u00faen prepar\u00e1ndose y empoder\u00e1ndose para el ejercicio de un servicio p\u00fablico, pues ante la oleada de noticias sobre casos de corrupci\u00f3n, <strong>en donde t<\/strong>res de ellos tuvieron lugar en pa\u00edses gobernados por mujeres:\u00a0<strong>Argentina<\/strong><strong>, <\/strong>Brasil y<strong>\u00a0Chile; p<\/strong>ara algunas personas, eso amerit\u00f3 preguntarse: \u00bfson las mujeres que est\u00e1n en pol\u00edtica m\u00e1s o menos corruptas que sus colegas varones?\u201d (Katzman &amp; Roza, 2016). Igualmente se\u00f1alan que \u201c<em>encuestas de opini\u00f3n realizadas en Am\u00e9rica Latina y Estados Unidos muestran que las mujeres en la pol\u00edtica son consideradas m\u00e1s honestas. De hecho, esa percepci\u00f3n ha llevado a varias ciudades de Am\u00e9rica Latina a poner mujeres al frente de algunos cargos policiales cruciales en la lucha contra la corrupci\u00f3n<\/em>\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De manera general, y coincidiendo con Santiago Levy, en su art\u00edculo <em>\u00bfPor qu\u00e9 necesitamos la perspectiva de las mujeres en el sector p\u00fablico?<\/em>; existen investigaciones que sugieren lo siguiente: \u201c<em>La participaci\u00f3n pol\u00edtica de mujeres electas reduce prejuicios y estereotipos negativos sobre la eficacia de las mujeres en puestos de liderazgo. La exposici\u00f3n a mujeres l\u00edderes influye en las aspiraciones profesionales y el desempe\u00f1o escolar de ni\u00f1as y adolescentes. Los mecanismos de participaci\u00f3n pol\u00edtica de las mujeres incrementa la aceptaci\u00f3n de candidatas y de dirigentes pol\u00edticos femeninos por parte de los votantes<\/em>\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Contar con mujeres en los \u00f3rganos de toma de decisi\u00f3n en el sector p\u00fablico conduce a mejores resultados de desarrollo. <\/em><\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em><strong>Numerosos estudios indican que la presencia de mujeres en cargos electos aumenta la probabilidad de que los intereses de las mujeres est\u00e9n representados.<\/strong><\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em> Y esto es muy relevante, ya que las mujeres tienen preferencias distintas a los hombres sobre la asignaci\u00f3n de recursos p\u00fablicos y las prioridades legislativas.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>\u00a0<\/em><em>Por ejemplo, un estudio realizado en Bolivia encontr\u00f3 que los municipios con concejalas dedican m\u00e1s a inversi\u00f3n social, dando prioridad al gasto en salud, educaci\u00f3n y protecci\u00f3n del medio ambiente. Y un estudio en India encontr\u00f3 que el aumento de representaci\u00f3n pol\u00edtica de las mujeres en las legislaturas estatales condujo a una reducci\u00f3n de la mortalidad neonatal, como consecuencia de la asignaci\u00f3n de recursos a los centros de salud p\u00fablica y el fomento de la atenci\u00f3n prenatal, los partos en centros m\u00e9dicos y la vacunaci\u00f3n. Otros estudios han encontrado que los consejos de aldea encabezados por mujeres en India invierten m\u00e1s en infraestructura relacionada directamente con los intereses de las mujeres y proporcionan m\u00e1s y mejores servicios p\u00fablicos<\/em>\u201d (Levy, 2015).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con estas consideraciones finales, se deja abierta una pregunta: \u00bfd\u00f3nde realmente radican las deficiencias en un sistema democr\u00e1tico que condenan a las mujeres a un camino engorroso para alcanzar un poder leg\u00edtimo y deliberado? Su respuesta conlleva a las din\u00e1micas del propio sistema pol\u00edtico \u2013 electoral, donde a\u00fan sigue latente un discurso machista y patriarcal que quiere condenarlas a la invisibilizaci\u00f3n y\/o \u201cadhesi\u00f3n\u201d a la representaci\u00f3n y producci\u00f3n del conocimiento desde una perspectiva androc\u00e9ntrica del mundo; lo cual reivindica la certeza de que los procesos electorales no se centran en el d\u00eda del sufragio, ni en la proclamaci\u00f3n de los resultados. Su integridad deviene de las garant\u00edas en todas sus etapas, mediante acciones que coadyuven a la igualdad y no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Convocatoria a las Elecciones Seccionales 2019 y a la Elecci\u00f3n de autoridades del Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social (CPCCS). Resoluci\u00f3n PLE-CNE-3-21-11-2018 disponible en la URL:<a href=\"http:\/\/cne.gob.ec\/images\/d\/2018\/Elecciones__2019\/resolucion_convocatoria.pdf\">http:\/\/cne.gob.ec\/images\/d\/2018\/Elecciones__2019\/resolucion_convocatoria.pdf<\/a>; y Bolet\u00edn de Prensa: CNE aprueba convocatoria a Elecciones 2019. Disponible en la URL:<a href=\"http:\/\/cne.gob.ec\/es\/institucion\/sala-de-prensa\/noticias\/4649-cne-aprueba-convocatoria-a-elecciones-2019\">http:\/\/cne.gob.ec\/es\/institucion\/sala-de-prensa\/noticias\/4649-cne-aprueba-convocatoria-a-elecciones-2019<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> El Tel\u00e9grafo (2018) \u201cCifra \u00abr\u00e9cord\u00bb de candidaturas inscritas para seccionales\u201d. Disponible en la URL: <a href=\"https:\/\/www.eltelegrafo.com.ec\/noticias\/politica\/3\/cne-record-candidaturas-seccionales\">https:\/\/www.eltelegrafo.com.ec\/noticias\/politica\/3\/cne-record-candidaturas-seccionales<\/a>, visitada el 15 de enero de 2019.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref3\" name=\"_ftn3\">[3]<\/a> En Ecuador el art\u00edculo 86 de la Ley Org\u00e1nica Electoral y de Organizaciones Pol\u00edticas, C\u00f3digo de la Democracia, se\u00f1ala:\u00a0<em>\u201cEl Consejo Nacional Electoral reiterar\u00e1 en la convocatoria, la obligatoriedad de cumplir con los principios de equidad, paridad, alternabilidad, secuencialidad entre mujeres y hombres, tanto de principales como de suplentes\u201d.<\/em><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref4\" name=\"_ftn1\">[4]<\/a> Freidenberg, Flavia (2015), \u201cUn pa\u00eds (\u00bfya no?) gobernado por hombres. Los obst\u00e1culos que a\u00fan dificulta la representaci\u00f3n de las mujeres en M\u00e9xico\u201d, Revista Democracia &amp; Elecciones, vol. 1, abril; disponible en http:\/\/ democracia-elecciones.mx\/abril2015\/.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref5\" name=\"_ftn1\">[5]<\/a> La Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador establece en su art\u00edculo 11 como principios lo siguiente: \u201ctodas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podr\u00e1 ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de g\u00e9nero, identidad cultural, estado civil, idioma, religi\u00f3n, ideolog\u00eda, filiaci\u00f3n pol\u00edtica, pasado judicial, condici\u00f3n socio-econ\u00f3mica, condici\u00f3n migratoria, orientaci\u00f3n sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia f\u00edsica; ni por cualquier otra distinci\u00f3n, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionar\u00e1 toda forma de discriminaci\u00f3n. El Estado adoptar\u00e1 medidas de acci\u00f3n afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situaci\u00f3n de desigualdad.\u201d<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref6\" name=\"_ftn2\">[6]<\/a> Ley Org\u00e1nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Publicada en el Registro Oficial de la Rep\u00fablica del Ecuador Nro. 175 del Lunes, 5 de febrero de 2018.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref7\" name=\"_ftn1\">[7]<\/a> Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador, art\u00edculo 116.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref8\" name=\"_ftn2\">[8]<\/a> El art\u00edculo 94 de la Ley Org\u00e1nica de Gesti\u00f3n de la Identidad y Datos Civiles (2016) indica que voluntariamente, al cumplir la mayor\u00eda de edad y por una sola vez, la persona por autodeterminaci\u00f3n, podr\u00e1 sustituir el campo sexo por el de g\u00e9nero que puede ser: masculino o femenino.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref9\" name=\"_ftn1\">[9]<\/a> El Instituto de la Democracia tiene su base legal en el art\u00edculo 219 numeral 13 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador que se\u00f1ala entre las funciones del CNE: \u201c13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y promoci\u00f3n pol\u00edtico electoral\u201d.<\/p>\n<p><strong>REFERENCIAS BIBLIOGR\u00c1FICAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Consejo Nacional Electoral. Indicadores de Participaci\u00f3n Pol\u00edtica de la Mujer Ecuatoriana \u2013 Elecciones Seccionales 2014. Disponible en la URL: <a href=\"http:\/\/cne.gob.ec\/documents\/Estadisticas\/indicadores%20de%20genero%202014.pdf\">http:\/\/cne.gob.ec\/documents\/Estadisticas\/indicadores%20de%20genero%202014.pdf<\/a>, visitada el 14 de enero de 2019.<\/p>\n<p>Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador (2008).<\/p>\n<p>Diario El Tel\u00e9grafo (2013): Pastor Zavala pierde derechos pol\u00edticos a causa de su homofobia. Disponible en la URL: <a href=\"https:\/\/www.eltelegrafo.com.ec\/noticias\/informacion\/1\/pastor-zavala-pierde-derechos-politicos-a-causa-de-su-homofobia\">https:\/\/www.eltelegrafo.com.ec\/noticias\/informacion\/1\/pastor-zavala-pierde-derechos-politicos-a-causa-de-su-homofobia<\/a>, visitada el 09 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p>Diario Expreso (2015): \u201cLa realidad del acoso pol\u00edtico a las mujeres\u201d. Disponible en la URL: <a href=\"https:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/la-realidad-del-acoso-politico-a-las-mujeres-FAGR_7621411\">https:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/la-realidad-del-acoso-politico-a-las-mujeres-FAGR_7621411<\/a>, visitada el 09 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p>Freidenberg, Flavia (2017) La Violencia Pol\u00edtica hacia las Mujeres: el problema, los debates y las propuestas para Am\u00e9rica Latina. En\u00a0<em><strong>Cuando hacer pol\u00edtica te cuesta la vida. Estrategias contra la violencia pol\u00edtica hacia las mujeres en Am\u00e9rica Latina,\u00a0<\/strong><\/em>Freidenberg, Flavia &amp; Valle P\u00e9rez, Gabriela del, editoras; M\u00e9xico, IIJ-UNAM, TECDMX.<\/p>\n<p>Gonz\u00e1lez, Daniel, Dayana Le\u00f3n, Milton Paredes, Andr\u00e9s Campa\u00f1a &amp; Carolina Jim\u00e9nez (2018) Perfil de Proyecto:\u00a0<strong><em>\u201cLa pol\u00edtica en Ecuador con perspectiva de g\u00e9nero: potenciando candidaturas e impulsando liderazgos de mujeres y personas LGBTI en el escenario democr\u00e1tico\u201d <\/em><\/strong>(Documento Borrador).<\/p>\n<p>Katzman, Julie T. &amp; Vivian E. Roza (2016) Art\u00edculo en Diario El Pa\u00eds <strong><em>\u201c\u00bfLa corrupci\u00f3n tiene g\u00e9nero?\u201d<\/em><\/strong>. Disponible en la URL: https:\/\/elpais.com\/elpais\/2016\/03\/03\/opinion\/1457033221_677995.html, visitada el 19 de enero de 2019.<\/p>\n<p>Le\u00f3n, Dayana (2018a) \u201cViolencia y pol\u00edtica: \u00bfa qu\u00e9 nos enfrentamos las mujeres ante los comicios seccionales en Ecuador? Disponible en la URL: <a href=\"http:\/\/dayanaleonfranco.com\/2018\/11\/la-violencia-politica-toca-puerta\/\">http:\/\/dayanaleonfranco.com\/2018\/11\/la-violencia-politica-toca-puerta\/<\/a> , visitada el 09 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p>______________ (2018b) \u00bfCu\u00e1l es el marcador democr\u00e1tico en Ecuador frente a las elecciones seccionales del 2019? Publicado en Noticias Electorales. Disponible en la URL: \u00a0<a href=\"https:\/\/www.noticiaselectorales.com\/cual-es-el-marcador-democratico-en-ecuador-frente-a-las-elecciones-seccionales-del-2019\/\">https:\/\/www.noticiaselectorales.com\/cual-es-el-marcador-democratico-en-ecuador-frente-a-las-elecciones-seccionales-del-2019\/<\/a>, visitada el 15 de enero de 2019.<\/p>\n<p>_____________ (2018c) \u201cMujeres en democracia: retos en el ejercicio de sus derechos pol\u00edticos y de participaci\u00f3n ciudadana con perspectiva de g\u00e9nero. Caso ecuatoriano\u201d.\u00a0<a href=\"http:\/\/democraciayelecciones.mx\/mujeres-en-democracia-retos-en-el-ejercicio-de-sus-derechos-politicos-y-de-participacion-ciudadana-con-perspectiva-de-genero-caso-ecuatoriano\/\">Art\u00edculo publicado en la Revista Democracia &amp; Elecciones<\/a>. Disponible en la URL:\u00a0<a href=\"http:\/\/democraciayelecciones.mx\/mujeres-en-democracia-retos-en-el-ejercicio-de-sus-derechos-politicos-y-de-participacion-ciudadana-con-perspectiva-de-genero-caso-ecuatoriano\/\">http:\/\/democraciayelecciones.mx\/mujeres-en-democracia-retos-en-el-ejercicio-de-sus-derechos-politicos-y-de-participacion-ciudadana-con-perspectiva-de-genero-caso-ecuatoriano\/<\/a>, visitada el 15 de enero de 2019.<\/p>\n<p>Levy, Santiago (2015) <strong><em>\u00bfPor qu\u00e9 necesitamos la perspectiva de las mujeres en el sector p\u00fablico?<\/em><\/strong> Disponible en la URL: <a href=\"https:\/\/blogs.iadb.org\/igualdad\/es\/por-que-necesitamos-la-perspectiva-de-mujeres-en-el-sector-publico\/\">https:\/\/blogs.iadb.org\/igualdad\/es\/por-que-necesitamos-la-perspectiva-de-mujeres-en-el-sector-publico\/<\/a>, visitada el 19 de enero de 2019.<\/p>\n<p>Ley Org\u00e1nica de Gesti\u00f3n de la Identidad y Datos Civiles (2016).<\/p>\n<p>Ley Org\u00e1nica Electoral y de Organizaciones Pol\u00edticas, C\u00f3digo de la Democracia, de la Rep\u00fablica del Ecuador (2009).<\/p>\n<p>Ley Org\u00e1nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dayana Le\u00f3n Franco En el a\u00f1o 2015, el diario EXPRESO de Ecuador difund\u00eda lo siguiente: \u201cUna escoba. 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Ex Asesora Electoral, consultora en comunicaci\\u00f3n, democracia y g\\u00e9nero. Ejerce la c\\u00e1tedra universitaria, ponente en eventos nacionales e internacionales como el Women Economic Forum, observadora electoral internacional, columnista en medios nacionales e internacionales y gestora de proyectos de cooperaci\\u00f3n para el desarrollo. 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