{"id":2895,"date":"2018-12-05T02:58:35","date_gmt":"2018-12-05T02:58:35","guid":{"rendered":"https:\/\/opcions.ec\/portal\/?p=2895"},"modified":"2019-01-22T04:20:47","modified_gmt":"2019-01-22T04:20:47","slug":"entrevista-realizada-al-ab-felipe-rodriguez","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/opcions.ec\/portal\/2018\/12\/05\/entrevista-realizada-al-ab-felipe-rodriguez\/","title":{"rendered":"Convicci\u00f3n de lucha contra la corrupci\u00f3n e impunidad"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Entrevista realizada al Ab. Felipe Rodr\u00edguez, PhD en Derecho Penal y Procesal, litigante, escritor y docente de la Pontificia Universidad Cat\u00f3lica del Ecuador; que actualmente defiende a Fernando Balda en el denominado \u201cCaso Balda\u201d, referente a su secuestro en Colombia el 13 de agosto de 2012, y que habr\u00eda sido ordenado por el expresidente Correa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>\u00bfCu\u00e1l es su edad?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">31 a\u00f1os<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfCu\u00e1l es su itinerario diario de trabajo como abogado, y a qu\u00e9 cree usted que se deba el reconocimiento y aceptaci\u00f3n que ha tenido su despacho en varios casos relevantes de lucha contra la corrupci\u00f3n e impunidad?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mi oficina, compuesta por 3 socios, 4 abogados y 5 paralegales, empieza a operar a las 08h00 (aunque yo llego a las 09h00). El itinerario es simple: trabajamos todo el d\u00eda en an\u00e1lisis y preparaci\u00f3n de casos o, cuando tenemos audiencias, los encargados del caso nos trasladamos a la Sala de Audiencias, en donde consignamos todo el esfuerzo del trabajo realizado en la oficina. Adem\u00e1s, los tres socios somos profesores universitarios e impartimos clases todos los d\u00edas en la Pontificia Universidad Cat\u00f3lica del Ecuador. La jornada termina, normalmente, a las 23h00.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La buena fama nos la hemos ganado, inicialmente, confrontando a funcionarios p\u00fablicos corruptos, de aquellos acostumbrados a pedir dinero por hacer el trabajo por el cual ya les pagamos con nuestros impuestos. Somos, probablemente, el \u00fanico estudio jur\u00eddico que ha grabado y denunciado estos actos de corrupci\u00f3n. Por ello hoy, ning\u00fan corrupto se atreve a solicitarnos favores, porque sabe como trabajamos. Estoy seguro de que hemos demostrado que con argumentos s\u00ed se puede ganar; caso contrario, no existe m\u00e9rito en triunfo alguno. \u00bfSer honestos es el \u00fanico camino? S\u00ed, el \u00fanico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esto ha generado que tengamos credibilidad, pues consideramos que los clientes se definen por la clase de abogados que tienen y los abogados por la clase de clientes que defienden. Y esto es claro y hay que decirlo de forma cruda: los abogados de narcos, por ejemplo, son buscados por narcos, no por perseguidos pol\u00edticos. No los estoy criticando, pero cada uno se labra su fama en cada parcela de trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfC\u00f3mo mira usted la coyuntura pol\u00edtica nacional sobre los diezmos en la Asamblea Nacional y las graves acusaciones realizadas recientemente en contra de la Vicepresidenta de la Rep\u00fablica?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los esc\u00e1ndalos de corrupci\u00f3n, tan abundantes cada d\u00eda, que ocasionan que ninguna noticia trascienda m\u00e1s de una semana, ahora exhibe un nuevo problema social. Por un momento olvidemos los diezmos, olvidemos el dinero en s\u00ed mismo y veamos el problema sociol\u00f3gico y estructural de fondo: nos vendieron a la \u201cmeritocracia\u201d como el <em>boom<\/em> de \u201clos mejores en servicio del pueblo\u201d. Result\u00f3 una gran farsa. M\u00e1s grave que la cuantificaci\u00f3n de los diezmos, es abrir los ojos y ver que no ocupan cargos medios los mejores; sino los mediocres, los que s\u00f3lo pueden obtener ese cargo si pagan por tenerlo (evidentemente estoy generalizando, porque tambi\u00e9n hay gente extraordinaria en el servicio p\u00fablico). Y, por otro lado, el servidor p\u00fablico, cuya \u00fanica bandera debe ser el servicio p\u00fablico, ahora ve al cargo remunerado como una oportunidad de lucro, llen\u00e1ndose de asesores para ganar m\u00e1s. Se desnaturaliz\u00f3 la idea del Estado al servicio del ciudadano. Estamos ante una met\u00e1stasis mortal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La Comisi\u00f3n Nacional Anticorrupci\u00f3n present\u00f3 informaci\u00f3n a la opini\u00f3n p\u00fablica sobre varias pruebas que podr\u00edan desembocar en un juicio de lesa humanidad en contra del ex presidente Rafael Correa. \u00bfConsidera usted que tiene esta iniciativa asidero legal y jur\u00eddico?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tiene asidero legal siempre y cuando hagamos un s\u00edmil de una <em>class action<\/em>, es decir, deben unirse todos los perseguidos pol\u00edticos, los familiares de los asesinados, de los desaparecidos y de los encarcelados. La lesa humanidad requiere que se pruebe un ataque sistem\u00e1tico o generalizado contra la poblaci\u00f3n civil; pero para que un organismo internacional lo acepte, considero que deber\u00edan presentarse todos los casos juntos, con no menos de 2,500 v\u00edctimas. \u00bfLas hay? Por su puesto que s\u00ed. \u00bfEl problema? Los oportunistas, aquellos que quieren fama y no est\u00e1n dispuestos a compartir un caso global en donde ser\u00e1n \u201cun perseguido m\u00e1s\u201d. Mi propuesta es hacer una p\u00e1gina web en la que los perseguidos y v\u00edctimas del r\u00e9gimen anterior puedan contar su historia, adjuntar evidencias (pues sin pruebas no tienen caso) y luego analizar los casos, clasificarlos y presentar un caso s\u00f3lido. Si no se hace esto, el asidero legal quedar\u00e1 en mera expectativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Para Correa y Romero el juicio est\u00e1 suspendido hasta que regresen al pa\u00eds. En el Art. 560 del C\u00f3digo Penal se establece que no se podr\u00e1 iniciar el juicio sin la presencia de la persona procesada, excepto en ciertos delitos como peculado \u00bfC\u00f3mo ustedes buscar\u00e1n convertir esta causa en un juicio de acci\u00f3n p\u00fablica que no prescriba?\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Me han hecho una pregunta m\u00e1s dura: \u00bfpara qu\u00e9 tanto esfuerzo, si igual no se los va a poder juzgar? Y por ah\u00ed debemos empezar. Porque no por ello podemos rendirnos y cruzarnos de brazos; porque este caso es un ejemplo y un mensaje a los futuros gobernantes del Ecuador: \u201cno importa cuan poderosos seas, nunca m\u00e1s tu pa\u00eds permitir\u00e1 que secuestres gente, que asesines ciudadanos, que sepultes familias enteras\u201d. Este proceso es el inicio, pues es el \u00fanico con evidencias s\u00f3lidas que ha demostrado ser capaz de procesar a Rafael Correa, con prisi\u00f3n preventiva incluida. Correa, durante su campa\u00f1a en el 2006, se centr\u00f3 en el repudio p\u00fablico a los pr\u00f3fugos de la justicia y prometi\u00f3 que los traer\u00eda a todos, desde banqueros hasta expresidentes. No solo que no extradit\u00f3 a ninguno; sino que se convirti\u00f3 en uno de ellos y, para un adicto al poder, cr\u00e9anme, el destierro es una pena abrumadora. Pero aqu\u00ed no nos detendremos porque la gente olvida que tras un secuestro (d\u00f3nde evidentemente se contrata secuestradores), es la utilizaci\u00f3n de recursos p\u00fablicos para fines ileg\u00edtimos e ilegales, lo que se llama peculado, y el peculado no prescribe y se puede juzgar en ausencia y ese es el siguiente paso que estamos preparando.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La jueza Daniella Camacho neg\u00f3 el recurso de apelaci\u00f3n presentado por Caupolic\u00e1n Ochoa, abogado del expresidente Rafael Correa. \u00bfC\u00f3mo recibe usted este fallo?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con gracia, pues era imposible que lo acepte. La ley es tan clara que, a m\u00ed, por ejemplo, jam\u00e1s se me hubiese ocurrido apelar una resoluci\u00f3n que por ley no cabe. El derecho a recurrir es un derecho constitucional limitado por el principio de legalidad, el cual dice que \u00fanicamente cabe la apelaci\u00f3n en los casos previstos por la ley; y, en los casos previstos por la ley no est\u00e1 el auto de llamamiento a juicio. As\u00ed de f\u00e1cil, simple y l\u00f3gico. \u00bfPero sab\u00eda esto Caupolic\u00e1n Ochoa? Claro que sab\u00eda. \u00bfPor qu\u00e9 apelar entonces? Para victimizarse internacionalmente; para decirle al mundo que se viola el debido proceso; y, eso tambi\u00e9n es corrupci\u00f3n, enga\u00f1ar a la opini\u00f3n p\u00fablica internacional y no contarles que se neg\u00f3 la apelaci\u00f3n porque en Derecho jam\u00e1s pod\u00edan apelar. Por eso me permito citar a la Corte Constitucional correista, que nos da la raz\u00f3n a nosotros y sobre cuyo pronunciamiento hace caso omiso la defensa que la domin\u00f3 por diez a\u00f1os: \u201c<em>Es imperativo se\u00f1alar que, los sujetos procesales, si bien gozan del derecho de impugnar y recurrir respecto a las decisiones que son adversas a sus intereses, no es menos cierto que, este derecho es limitado, por el principio de legalidad y la legislaci\u00f3n nacional, donde se establecen par\u00e1metros y requisitos indispensables que los mismos estrictamente deben cumplir para ejercer su derecho de impugnaci\u00f3n. En este sentido, el art\u00edculo 653 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal, establece: Art\u00edculo 653.- Procedencia. &#8211; Proceder\u00e1 el recurso de apelaci\u00f3n en los siguientes casos: 1. De la resoluci\u00f3n que declara la prescripci\u00f3n del ejercicio de la acci\u00f3n o la pena. 2. Del auto de nulidad. 3. Del auto de sobreseimiento, si existi\u00f3 acusaci\u00f3n fiscal. 4. De las sentencias. 5. De la resoluci\u00f3n que conceda o niegue la prisi\u00f3n preventiva siempre que esta decisi\u00f3n haya sido dictada en la formulaci\u00f3n de cargos o durante la instrucci\u00f3n fiscal.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De lo transcrito se evidencia que, el auto de llamamiento a juicio no se encuentra previsto dentro de aquellas resoluciones que son impugnables v\u00eda apelaci\u00f3n. Por consiguiente, el pedido formulado por el doctor Caupolic\u00e1n Ochoa Neira, procurador judicial del ciudadano Rafael Correa Delgado, contraviene el principio de legalidad, de acuerdo a los art\u00edculos 652.1 y 653 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal. Repito: simple y l\u00f3gico, s\u00f3lo es cuesti\u00f3n de abrir la ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfC\u00f3mo luchar contra la impunidad y corrupci\u00f3n en un contexto de reinstitucionalizaci\u00f3n de las instituciones de control?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aqu\u00ed viene la mala noticia: \u00bfes esto la historia actual o la historia general del Ecuador? Este es un problema constante e hist\u00f3rico; pero que, por ser el a\u00f1o 2018, nos estamos enfrentando a uno de los per\u00edodos de mayor corrupci\u00f3n del siglo. No tengo una respuesta cient\u00edfica, ni t\u00e9cnica; sino ut\u00f3pica, que es algo as\u00ed como so\u00f1ar con la paz mundial: generando un gobierno de gente proba, culta y honesta. Son las personas y no las instituciones el problema. La ley es clara y con ella basta para luchar contra la corrupci\u00f3n, pero no hay quien la aplique. Yo seguir\u00e9 luchando contra la corrupci\u00f3n mientras me lata el coraz\u00f3n; pero nunca dejo de ser realista, pues s\u00e9 que cuando deje de latirme, la corrupci\u00f3n seguir\u00e1 ah\u00ed y no se habr\u00e1 esfumado y, probablemente, a un bisnieto m\u00edo le entrevisten y le hagan nuevamente la misma pregunta. \u00bfEntonces por qu\u00e9 ser diferente y por qu\u00e9 no rendirte?\u00a0 Para ver a tu familia a los ojos, el mejor momento al final de cada d\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfQu\u00e9 opini\u00f3n tiene sobre la reciente renuncia del Fiscal General del Estado?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00bfPreparados? Yo les cuento la raz\u00f3n: el 90% de los casos medi\u00e1ticos y de petroleras que est\u00e1n en Investigaci\u00f3n Previa son humo, no hay delito. La ciudadan\u00eda clama para que se inicien los procesos, pero lo que no saben es que deben archivarse. Y esto, en inicio, es culpa de la Contralor\u00eda, que emite Indicios de Responsabilidad Penal donde no hay responsabilidad penal sino \u00fanicamente administrativa, y quien act\u00faa as\u00ed es el Contralor, para ser la figura del momento y eso es un c\u00e1ncer judicial para el pa\u00eds. Les voy a poner un ejemplo que por curiosidad le\u00ed hace dos semanas: el Indicio de Responsabilidad Penal (IRP) de los grilletes electr\u00f3nicos, al cual los medios claman porque se encarcele a todos. El IRP de Contralor\u00eda determina que no hubo sobreprecio y la contrataci\u00f3n fue regular, s\u00ed, as\u00ed como lo leen. Pregunto: \u00bfpuede el Fiscal General del Estado iniciar un proceso penal? Evidentemente no. Y eso es Fiscal\u00eda hoy, humo, humo y humo. No quisiera estar en los zapatos de Pa\u00fal P\u00e9rez porque lo correcto era desestimar todos los casos falsos, esos que todos creen que son reales y obviamente eso hubiese provocado su juicio pol\u00edtico. Debemos, entonces, reactivar las denuncias de la Comisi\u00f3n Nacional Anticorrupci\u00f3n, porque ah\u00ed s\u00ed hay casos reales, s\u00f3lidos, pero que el anterior Fiscal, Galo Chiriboga, los enterr\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfC\u00f3mo eval\u00faa el trabajo del Consejo de Participaci\u00f3n Ciudadana y Control Social Transitorio, presidido por Julio Cesar Trujillo?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Creo que su trabajo era urgente. Sin ellos las estructuras perversas corresitas, que parec\u00edan indestructibles, no se hubiesen podido desmontar. El \u00fanico yerro fue la elecci\u00f3n de algunos de los vocales del Consejo de la Judicatura Transitorio, que deben salir con urgencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Finalmente, \u00bfcu\u00e1l es su punto de vista sobre el proceso de re-estructuraci\u00f3n de la Corte Constitucional?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los seleccionadores son jur\u00eddicamente los mejores, por ejemplo: Alb\u00e1n, Oyarte o Garc\u00eda Falcon\u00ed. Una selecci\u00f3n realizada por ellos ser\u00e1, sin duda, una selecci\u00f3n de los mejores. Luego vienen los nombres de los postulantes, entre los cuales est\u00e1n los mejores acad\u00e9micos y constitucionalistas del pa\u00eds. Si ganan esos mejores, ser\u00e1 la mejor Corte Constitucional que pudimos haber so\u00f1ado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entrevista realizada al Ab. 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