Convicción de lucha contra la corrupción e impunidad

Convicción de lucha contra la corrupción e impunidad

Entrevista realizada al Ab. Felipe Rodríguez, PhD en Derecho Penal y Procesal, litigante, escritor y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador; que actualmente defiende a Fernando Balda en el denominado “Caso Balda”, referente a su secuestro en Colombia el 13 de agosto de 2012, y que habría sido ordenado por el expresidente Correa.

 ¿Cuál es su edad?

31 años

¿Cuál es su itinerario diario de trabajo como abogado, y a qué cree usted que se deba el reconocimiento y aceptación que ha tenido su despacho en varios casos relevantes de lucha contra la corrupción e impunidad?

Mi oficina, compuesta por 3 socios, 4 abogados y 5 paralegales, empieza a operar a las 08h00 (aunque yo llego a las 09h00). El itinerario es simple: trabajamos todo el día en análisis y preparación de casos o, cuando tenemos audiencias, los encargados del caso nos trasladamos a la Sala de Audiencias, en donde consignamos todo el esfuerzo del trabajo realizado en la oficina. Además, los tres socios somos profesores universitarios e impartimos clases todos los días en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. La jornada termina, normalmente, a las 23h00.

La buena fama nos la hemos ganado, inicialmente, confrontando a funcionarios públicos corruptos, de aquellos acostumbrados a pedir dinero por hacer el trabajo por el cual ya les pagamos con nuestros impuestos. Somos, probablemente, el único estudio jurídico que ha grabado y denunciado estos actos de corrupción. Por ello hoy, ningún corrupto se atreve a solicitarnos favores, porque sabe como trabajamos. Estoy seguro de que hemos demostrado que con argumentos sí se puede ganar; caso contrario, no existe mérito en triunfo alguno. ¿Ser honestos es el único camino? Sí, el único.

Esto ha generado que tengamos credibilidad, pues consideramos que los clientes se definen por la clase de abogados que tienen y los abogados por la clase de clientes que defienden. Y esto es claro y hay que decirlo de forma cruda: los abogados de narcos, por ejemplo, son buscados por narcos, no por perseguidos políticos. No los estoy criticando, pero cada uno se labra su fama en cada parcela de trabajo.

¿Cómo mira usted la coyuntura política nacional sobre los diezmos en la Asamblea Nacional y las graves acusaciones realizadas recientemente en contra de la Vicepresidenta de la República?

Los escándalos de corrupción, tan abundantes cada día, que ocasionan que ninguna noticia trascienda más de una semana, ahora exhibe un nuevo problema social. Por un momento olvidemos los diezmos, olvidemos el dinero en sí mismo y veamos el problema sociológico y estructural de fondo: nos vendieron a la “meritocracia” como el boom de “los mejores en servicio del pueblo”. Resultó una gran farsa. Más grave que la cuantificación de los diezmos, es abrir los ojos y ver que no ocupan cargos medios los mejores; sino los mediocres, los que sólo pueden obtener ese cargo si pagan por tenerlo (evidentemente estoy generalizando, porque también hay gente extraordinaria en el servicio público). Y, por otro lado, el servidor público, cuya única bandera debe ser el servicio público, ahora ve al cargo remunerado como una oportunidad de lucro, llenándose de asesores para ganar más. Se desnaturalizó la idea del Estado al servicio del ciudadano. Estamos ante una metástasis mortal.

La Comisión Nacional Anticorrupción presentó información a la opinión pública sobre varias pruebas que podrían desembocar en un juicio de lesa humanidad en contra del ex presidente Rafael Correa. ¿Considera usted que tiene esta iniciativa asidero legal y jurídico?

Tiene asidero legal siempre y cuando hagamos un símil de una class action, es decir, deben unirse todos los perseguidos políticos, los familiares de los asesinados, de los desaparecidos y de los encarcelados. La lesa humanidad requiere que se pruebe un ataque sistemático o generalizado contra la población civil; pero para que un organismo internacional lo acepte, considero que deberían presentarse todos los casos juntos, con no menos de 2,500 víctimas. ¿Las hay? Por su puesto que sí. ¿El problema? Los oportunistas, aquellos que quieren fama y no están dispuestos a compartir un caso global en donde serán “un perseguido más”. Mi propuesta es hacer una página web en la que los perseguidos y víctimas del régimen anterior puedan contar su historia, adjuntar evidencias (pues sin pruebas no tienen caso) y luego analizar los casos, clasificarlos y presentar un caso sólido. Si no se hace esto, el asidero legal quedará en mera expectativa.

Para Correa y Romero el juicio está suspendido hasta que regresen al país. En el Art. 560 del Código Penal se establece que no se podrá iniciar el juicio sin la presencia de la persona procesada, excepto en ciertos delitos como peculado ¿Cómo ustedes buscarán convertir esta causa en un juicio de acción pública que no prescriba? 

Me han hecho una pregunta más dura: ¿para qué tanto esfuerzo, si igual no se los va a poder juzgar? Y por ahí debemos empezar. Porque no por ello podemos rendirnos y cruzarnos de brazos; porque este caso es un ejemplo y un mensaje a los futuros gobernantes del Ecuador: “no importa cuan poderosos seas, nunca más tu país permitirá que secuestres gente, que asesines ciudadanos, que sepultes familias enteras”. Este proceso es el inicio, pues es el único con evidencias sólidas que ha demostrado ser capaz de procesar a Rafael Correa, con prisión preventiva incluida. Correa, durante su campaña en el 2006, se centró en el repudio público a los prófugos de la justicia y prometió que los traería a todos, desde banqueros hasta expresidentes. No solo que no extraditó a ninguno; sino que se convirtió en uno de ellos y, para un adicto al poder, créanme, el destierro es una pena abrumadora. Pero aquí no nos detendremos porque la gente olvida que tras un secuestro (dónde evidentemente se contrata secuestradores), es la utilización de recursos públicos para fines ilegítimos e ilegales, lo que se llama peculado, y el peculado no prescribe y se puede juzgar en ausencia y ese es el siguiente paso que estamos preparando.

La jueza Daniella Camacho negó el recurso de apelación presentado por Caupolicán Ochoa, abogado del expresidente Rafael Correa. ¿Cómo recibe usted este fallo?

Con gracia, pues era imposible que lo acepte. La ley es tan clara que, a mí, por ejemplo, jamás se me hubiese ocurrido apelar una resolución que por ley no cabe. El derecho a recurrir es un derecho constitucional limitado por el principio de legalidad, el cual dice que únicamente cabe la apelación en los casos previstos por la ley; y, en los casos previstos por la ley no está el auto de llamamiento a juicio. Así de fácil, simple y lógico. ¿Pero sabía esto Caupolicán Ochoa? Claro que sabía. ¿Por qué apelar entonces? Para victimizarse internacionalmente; para decirle al mundo que se viola el debido proceso; y, eso también es corrupción, engañar a la opinión pública internacional y no contarles que se negó la apelación porque en Derecho jamás podían apelar. Por eso me permito citar a la Corte Constitucional correista, que nos da la razón a nosotros y sobre cuyo pronunciamiento hace caso omiso la defensa que la dominó por diez años: “Es imperativo señalar que, los sujetos procesales, si bien gozan del derecho de impugnar y recurrir respecto a las decisiones que son adversas a sus intereses, no es menos cierto que, este derecho es limitado, por el principio de legalidad y la legislación nacional, donde se establecen parámetros y requisitos indispensables que los mismos estrictamente deben cumplir para ejercer su derecho de impugnación. En este sentido, el artículo 653 del Código Orgánico Integral Penal, establece: Artículo 653.- Procedencia. – Procederá el recurso de apelación en los siguientes casos: 1. De la resolución que declara la prescripción del ejercicio de la acción o la pena. 2. Del auto de nulidad. 3. Del auto de sobreseimiento, si existió acusación fiscal. 4. De las sentencias. 5. De la resolución que conceda o niegue la prisión preventiva siempre que esta decisión haya sido dictada en la formulación de cargos o durante la instrucción fiscal.”

De lo transcrito se evidencia que, el auto de llamamiento a juicio no se encuentra previsto dentro de aquellas resoluciones que son impugnables vía apelación. Por consiguiente, el pedido formulado por el doctor Caupolicán Ochoa Neira, procurador judicial del ciudadano Rafael Correa Delgado, contraviene el principio de legalidad, de acuerdo a los artículos 652.1 y 653 del Código Orgánico Integral Penal. Repito: simple y lógico, sólo es cuestión de abrir la ley.

¿Cómo luchar contra la impunidad y corrupción en un contexto de reinstitucionalización de las instituciones de control?

Aquí viene la mala noticia: ¿es esto la historia actual o la historia general del Ecuador? Este es un problema constante e histórico; pero que, por ser el año 2018, nos estamos enfrentando a uno de los períodos de mayor corrupción del siglo. No tengo una respuesta científica, ni técnica; sino utópica, que es algo así como soñar con la paz mundial: generando un gobierno de gente proba, culta y honesta. Son las personas y no las instituciones el problema. La ley es clara y con ella basta para luchar contra la corrupción, pero no hay quien la aplique. Yo seguiré luchando contra la corrupción mientras me lata el corazón; pero nunca dejo de ser realista, pues sé que cuando deje de latirme, la corrupción seguirá ahí y no se habrá esfumado y, probablemente, a un bisnieto mío le entrevisten y le hagan nuevamente la misma pregunta. ¿Entonces por qué ser diferente y por qué no rendirte?  Para ver a tu familia a los ojos, el mejor momento al final de cada día.

¿Qué opinión tiene sobre la reciente renuncia del Fiscal General del Estado?

¿Preparados? Yo les cuento la razón: el 90% de los casos mediáticos y de petroleras que están en Investigación Previa son humo, no hay delito. La ciudadanía clama para que se inicien los procesos, pero lo que no saben es que deben archivarse. Y esto, en inicio, es culpa de la Contraloría, que emite Indicios de Responsabilidad Penal donde no hay responsabilidad penal sino únicamente administrativa, y quien actúa así es el Contralor, para ser la figura del momento y eso es un cáncer judicial para el país. Les voy a poner un ejemplo que por curiosidad leí hace dos semanas: el Indicio de Responsabilidad Penal (IRP) de los grilletes electrónicos, al cual los medios claman porque se encarcele a todos. El IRP de Contraloría determina que no hubo sobreprecio y la contratación fue regular, sí, así como lo leen. Pregunto: ¿puede el Fiscal General del Estado iniciar un proceso penal? Evidentemente no. Y eso es Fiscalía hoy, humo, humo y humo. No quisiera estar en los zapatos de Paúl Pérez porque lo correcto era desestimar todos los casos falsos, esos que todos creen que son reales y obviamente eso hubiese provocado su juicio político. Debemos, entonces, reactivar las denuncias de la Comisión Nacional Anticorrupción, porque ahí sí hay casos reales, sólidos, pero que el anterior Fiscal, Galo Chiriboga, los enterró.

¿Cómo evalúa el trabajo del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio, presidido por Julio Cesar Trujillo?

Creo que su trabajo era urgente. Sin ellos las estructuras perversas corresitas, que parecían indestructibles, no se hubiesen podido desmontar. El único yerro fue la elección de algunos de los vocales del Consejo de la Judicatura Transitorio, que deben salir con urgencia.

Finalmente, ¿cuál es su punto de vista sobre el proceso de re-estructuración de la Corte Constitucional?

Los seleccionadores son jurídicamente los mejores, por ejemplo: Albán, Oyarte o García Falconí. Una selección realizada por ellos será, sin duda, una selección de los mejores. Luego vienen los nombres de los postulantes, entre los cuales están los mejores académicos y constitucionalistas del país. Si ganan esos mejores, será la mejor Corte Constitucional que pudimos haber soñado.

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8 comentarios en «Convicción de lucha contra la corrupción e impunidad»

  1. Felicitaciones Abogado Felipe Rodríguez realmente es un gusto leer esta entrevista y la considero una catedra limpia y pura a su más buen estilo .
    Mil Gracias

  2. No había leído un análisis tan clara desde mucho tiempo. Por suerte tenemos personas que piensan que es importante no ser OBLIGADAS a escupir en el espejo mirándose la cara.

  3. Felicitaciones al Dr. Rodríguez y a su equipo. Es verdad este caballero tiene credibilidad. Cliente q defiende es inocente…según mi apreciación,. Soy una fiel seguidora y sé q antes de defender a alguien primero lo investiga.
    Dr. Rodríguez orgullosamente ecuatoriano!💟👍

  4. Felicitaciones Dr. Rodriguez por su forma de ejercer la catedra y profecional de derecho, correcta forma de ilustrar a quienes nos preocupamos por escuchar criterios serios y honestos

  5. Es muy difícil creer en la meritocracia demostrada en las cámaras o en una entrevista si se observa en su trabajo (caso Balda) apoyo estatal restándole aún más credibilidad el currículo del personaje defendido

  6. Es muy difícil creer en la meritocracia demostrada en las cámaras y en entrevistas escritas, si se observa en su trabajo (caso Balda) apoyo estatal restándole aún más credibilidad el currículo del personaje defendido, lo que si es evidente es la inmensa popularidad que se ganará con este caso.

  7. No soy un jurista ni entendido en la materia, pero los criterios jurídicos del doctor Rodríguez, estimo y valoro que son los correctos, y con sustento legal. Saludos

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